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Refugiados Climáticos: La nueva realidad del Desplazamiento Forzado en México

 María José Chavez Salas

Octubre 27, 2025

6 minutos de lectura


Palabras clave: Desplazamiento Forzado, cambio climático, fuertes lluvias, refugiados climáticos, vacío legal.


La Ciudad de México bajo el agua

El 10 de agosto de 2025, la Ciudad de México vivió una de las lluvias más intensas del último siglo. De acuerdo con la jefa de Gobierno, Clara Brugada, en el Zócalo cayeron 84.5 milímetros de agua en una hora y 50 milímetros en apenas 20 minutos, superando el récord histórico de 67 mm registrado en 1952 (Mariana Alcántara Contreras, 2025). Un mes antes, en junio, la capital ya había mostrado señales de saturación: se estimó que recibió cerca de 337 millones de metros cúbicos de lluvia, más del doble del promedio histórico para ese mes ( Pepe Herrera, 2025).


En las últimas semanas, las lluvias extremas han golpeado con fuerza gran parte del país. En Veracruz, al menos 48 municipios resultaron afectados por inundaciones históricas y el desbordamiento de ríos, especialmente en Poza Rica, Álamo y Espinal, donde miles de viviendas quedaron bajo el agua y cientos de familias fueron evacuadas. De forma paralela, tormentas y deslaves provocados por los remanentes de los sistemas Priscilla y Raymond han dejado más de 70 muertos y afectaciones severas en 150 municipios de distintos estados (Reuters, El País, Proceso, 2025).


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Imagen creada con IA,( 2025)


Hoy, las consecuencias se sienten en la rutina diaria: traslados interminables, calles anegadas y daños permanentes en viviendas. Pero más allá de la incomodidad, estas lluvias son la expresión local de una crisis climática global. No se trata de fenómenos aislados, sino de un patrón que se repite con más frecuencia y mayor intensidad en ciudades de todo el mundo: Yakarta, Miami, Bangkok, Acapulco, CDMX y ahora en Veracruz.


Las proyecciones científicas apuntan a un futuro cada vez más húmedo y extremo. Si las tendencias actuales continúan, zonas enteras de la capital podrían quedar anegadas o volverse inhabitables en las próximas décadas. En ese escenario, miles de habitantes podrían verse forzados a abandonar sus hogares o reubicarse, enfrentando una realidad que hasta hace poco parecía ajena: la de convertirse —sin un marco legal que los proteja— en los primeros refugiados climáticos urbanos de México.


El concepto de refugiado climático: Un vacío legal

La migración climática cada vez es más común, con ejemplos documentados en diferentes partes del mundo. Desde 2008 un promedio anual de 21.5 millones de personas han sido forzosamente desplazadas cada año por amenazas repentinas relacionadas con el clima, incluyendo sequías, inundaciones, tormentas, incendios forestales, aumento del nivel del mar y temperaturas extremas (ACNUR).


Sin embargo, este tipo de migración no está considerada formalmente como parte de la migración forzada en los marcos legales internacionales, lo que deja a millones de personas en situación de vulnerabilidad legal. Pues la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados sólo contempla protección para quienes huyen de la guerra, la violencia, el conflicto o la persecución, y han cruzado una frontera internacional en busca de protección. El desplazamiento únicamente en el contexto del cambio climático o las catástrofes no está cubierto por esta convención, aunque puede aplicarse cuando el riesgo de que una persona sufra persecución o violencia se ve incrementado por el cambio climático.


Este término sólo está completado en algunas leyes regionales:

  • La Convención de la OUA y la Declaración de Cartagena (1984) incluyen la protección para quienes enfrentan sucesos que “alteren gravemente el orden público”, lo que podría abarcar fenómenos climáticos.

  • La Declaración de Cartagena+40 (Chile, 2025) propuso un enfoque integral para el desplazamiento causado por desastres naturales, consolidando el liderazgo regional.


A pesar de estos avances, el término de “refugiados climáticos” sigue sin reconocimiento oficial a nivel internacional.


El caso de El Bosque: Un precedente alarmante

La migración climática no es un fenómeno ajeno a México. El caso de El Bosque, en Tabasco, es un precedente contundente: esta comunidad pesquera fue forzada a abandonar sus hogares debido a la erosión costera, el aumento del nivel del mar y fenómenos meteorológicos extremos. Su situación, reconocida incluso como el primer caso oficial de desplazamiento climático en México, es una señal temprana de lo que podría repetirse en otras costas y deltas del país.

Este caso ha generado conciencia sobre que migrar puede ser una condición que afecte a cualquier persona, independientemente de su situación socioeconómica inicial. La experiencia de El Bosque demuestra que los efectos del cambio climático no reconocen fronteras sociales o económicas.


El Desplazamiento Forzado Interno (DFI): Una realidad creciente

El caso de El Bosque se conecta con un fenómeno más amplio: el Desplazamiento Forzado Interno (DFI), que ocurre cuando las personas deben huir de sus hogares sin cruzar las fronteras de su país. En México, el DFI adquiere una dimensión crítica frente al cambio climático y la creciente frecuencia de eventos extremos. De acuerdo con el Banco Mundial (2021), en el peor de los escenarios hasta 3.1 millones de personas podrían desplazarse internamente hacia 2050 debido a inundaciones, sequías, erosión costera y ciclones cada vez más intensos. Ejemplo de ello fue el huracán Otis, que en octubre de 2023 devastó el puerto de Acapulco tras pasar de tormenta tropical a categoría 5 en menos de 12 horas, un fenómeno que el Servicio Meteorológico Nacional (SMN, 2024) y la ONU atribuyeron al calentamiento acelerado del océano Pacífico.


A esta tendencia se suma la intensificación de los fenómenos de El Niño y La Niña, que alternan años de sequías extremas con periodos de lluvias torrenciales. Según la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM, 2025) y el SMN, estos ciclos se están volviendo más irregulares y extremos, provocando temporadas climáticas cada vez más impredecibles. 


Las evidencias recientes en la Ciudad de México plantean una pregunta inevitable: ¿qué podemos esperar en los próximos diez años? Los récords de lluvia de 2025 no son episodios aislados, sino manifestaciones de un patrón climático cambiante y acumulativo. Si las tendencias actuales se mantienen, es plausible imaginar que zonas vulnerables de la capital —como Iztapalapa, Xochimilco o Tláhuac— enfrenten inundaciones cada vez más frecuentes que vuelvan inhabitables algunas colonias. Lo que hoy significa una hora más de trayecto podría transformarse en la pérdida definitiva de una vivienda.


Reflexión final: ¿Qué podemos esperar si no está en la ley?

La ausencia de un marco legal específico para los refugiados climáticos genera múltiples vacíos. Sin reconocimiento formal, quienes se desplazan por causas ambientales no tienen acceso a los mismos derechos ni protecciones que otros tipos de refugiados. Esto implica carencias concretas:


  • Falta de acceso a servicios básicos y vivienda segura

  • Ausencia de programas de reubicación planificada

  • Carencia de mecanismos de compensación por pérdidas

  • Inexistencia de políticas preventivas ante desastres

  • Limitaciones en el acceso a asilo o protección internacional


Como advierte ACNUR México (2024), el cambio climático ya está transformando la movilidad humana y representa un desafío directo para los sistemas de protección actuales. Sin embargo, México todavía carece de una respuesta jurídica y de política pública a la altura de esta nueva realidad.


Frente a ello, es urgente analizar nuevas soluciones. El país podría retomar precedentes internacionales, como el acuerdo Tuvalu-Australia, que creó “visas climáticas” para comunidades amenazadas por el mar, y adaptarlos a nuestro contexto. Reformas concretas serían posibles si se actualizan la Ley sobre Refugiados y la Ley de Migración, para incorporar una figura de protección complementaria por causas ambientales o climáticas, tal como ya lo ha sugerido el Comité de Derechos Humanos de la ONU (caso Teitiota, 2020).


Asimismo, es indispensable impulsar la aprobación de la Ley General de Desplazamiento Forzado Interno, detenida en el Congreso desde 2021, integrando un capítulo específico sobre desplazamientos causados por el cambio climático y desastres naturales. Esto permitiría establecer mecanismos de alerta temprana, registros oficiales de comunidades afectadas y fondos de reubicación digna y planificada.


En el ámbito urbano, se requieren políticas preventivas de adaptación: fortalecer la planeación territorial, rediseñar los sistemas de drenaje pluvial, proteger zonas de recarga de acuíferos y garantizar vivienda asequible fuera de zonas de riesgo.

La experiencia de El Bosque, Tabasco, y los eventos meteorológicos extremos de 2025 en la Ciudad de México y Veracruz, dejan claro que esto ya no es una discusión académica. Es una necesidad política, jurídica y social urgente.

La pregunta, entonces, ya no es si debemos crear políticas específicas para los refugiados climáticos, sino cuánto tiempo más esperaremos para hacerlo.


Referencias y fuentes consultadas:


ACNUR México (2023): "Cambio climático y desplazamiento: mitos y realidades". https://www.acnur.org/mx/noticias/historias/cambio-climatico-y-desplazamiento-mitos-y-realidades

ACNUR México (2024): "ACNUR alerta sobre el impacto del cambio climático en las comunidades de refugiados". https://www.acnur.org/mx/noticias/notas-de-prensa/acnur-alerta-sobre-el-impacto-del-cambio-climatico-en-las-comunidades-de-refugiados

ACNUR México: "Cambio climático y desplazamiento por desastres". https://www.acnur.org/mx/cambio-climatico-y-desplazamiento-por-desastres

ACNUR México: "Desplazamiento y cambio climático". https://www.acnur.org/mx/desplazamiento-y-cambio-climatico

ACNUR: "Declaración de Cartagena sobre los Refugiados". https://www.acnur.org/media/declaracion-de-cartagena-sobre-los-refugiados

Minrel Chile (2025): "Proceso de Cartagena +40". https://www.minrel.gob.cl/proceso-de-cartagena-40

Noticias ONU (2021): "ACNUR pide crear un mecanismo para coordinar los desplazamientos de personas en México y América Central". https://news.un.org/es/story/2021/12/1500862

Refworld (2024): "ACNUR: Reunión de expertos. Interpretación de la definición ampliada de refugiado contenida en la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984". https://www.refworld.org/es/pol/inforreu/acnur/2014/es/129590

Secretaría de Gobernación: ¿Qué es el Desplazamiento Forzado Interno (DFI)?

CONAPO: Cambio climático y migración internacional en México

Alcántara Contreras, Mariana (2025). Reporte meteorológico Ciudad de México.

Herrera, Pepe (2025). Análisis pluviométrico CDMX.


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